Es oficial: bono fijo para trabajadores.

31/08/2023

Se publicó el decreto 438/2023 el día de ayer, por medio del cual se reglamenta la asignación no remunerativa por única vez para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.

La asignación no remunerativa dispuesta será para los trabajadores con salarios netos -incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos- que corresponden al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional.

Cabe destacar que, las asignaciones no remunerativas podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.

Sector privado y Público

Se establece una asignación no remunerativa de $60.000 para los trabajadores en relación de dependencia en el sector privado será abonada en dos tramos.

La primera cuota de $30.000 se abonará con los salarios devengados en los meses de agosto y la segunda cuota con los salarios devengados en el mes de septiembre.

Personal de Casas Particulares

El bono será de $25.000; en dos cuotas de $12.500 con los salarios devengados en agosto y septiembre de 2023.

MiPyMES

Las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa conforme a los porcentajes de reintegro para cada una de las categorías del Registro MiPyME detalladas en el decreto.